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  • Última actualización 2024-04-19 14:16:36

Oxy sancionada por causar daño medio ambiental en Arauca

La multinacional petrolera deberá pagar a Corporinoquía por haber incumplido reglas ambientales en dos humedales de Arauquita (Arauca).

Incumplió acuerdos medioambientales. Descuidó los protocolos para proteger a dos humedales de Arauquita. Afectó la zona al ejecutar la perforación de unos pozos. Por estas razones, el Consejo de Estado reiteró y mantuvo la sanción contra la multinacional petrolera Occidental de Colombia (Oxy), impuesta en 2009 por el Tribunal Administrativo de Arauca, y reiteró que la empresa es responsable de daños ambientales en ese departamento.

Asimismo, el alto tribunal determinó que la multa que la compañía deberá pagarle a Corporinoquía es de $708 millones, es decir, $480 millones más que el castigo inicial del Tribunal Administrativo de Arauca, pero $510 millones menos de lo que pedía la corporación.

Según concluyó el Consejo de Estado, la multinacional Oxy incumplió con guías ambientales establecidas para proyectos sísmicos. Así las cosas, la empresa ubicó 1.560 puntos de disparo en los esteros de Lipa y Ele, dos humedales en la jurisdicción de Arauquita, separados uno del otro a 100 metros, a pesar de que se había comprometido desde el principio a respetar el plan de manejo ambiental. En las zonas protegidas está prohibido realizar operaciones para conseguir información sísmica y, sin embargo, la Oxy quebrantó las normas.

Otra multa en curso

Resuelto este tema, queda entonces en manos del Consejo de Estado un segundo proceso que podría implicar una multa mucho mayor para la multinacional. Se trata de una acción popular interpuesta en 2003 que esa misma corporación concedió en favor de los municipios de Arauca, Arauquita y el departamento de Arauca. El fallo se promulgó en 2008, y a la Oxy se le ordenó pagar más de US$150 millones a los demandantes por no haber pagado un impuesto conocido como la ‘contribución a la solidaridad’ desde 1997. Ese impuesto, decía la demanda, estaba destinado para subsidiar el consumo de energía eléctrica de los estratos 1, 2 y 3.

La empresa petrolera, por su parte, rechazó tener tal obligación y en 2009, junto con Ecopetrol (que tiene el 55% de las acciones de Oxy en el país), instauró una tutela ante el Consejo de Estado por violación al debido proceso. En su sentencia, el Tribunal Administrativo de Arauca señaló que la evasión de impuestos de la compañía petrolera “sin justificación ni razón aparente lleva implícita la mala fe del operador”. Agregó además que sus acciones son un “desconocimiento de la solidaridad con los más débiles a costa de sus ventajas financieras”, para luego concluir: “Es ciertamente una conducta inmoral”.

No obstante, el abogado de Ecopetrol en ese momento, Manuel Urueta, manifestó que a la empresa le había sido violado el derecho al debido proceso porque no se tuvieron en cuenta ni el material probatorio ni los argumentos que buscaban demostrar la inexistencia de la obligación. La Oxy –representada por el hoy fiscal general Eduardo Montealegre y otros dos litigantes– también recusó la decisión por el mismo argumento. En febrero del año pasado la Sala Cuarta del Consejo de Estado les dio la razón y suspendió la multimillonaria sanción. La decisión final está en las manos de la Sección Tercera de ese alto tribunal, que tendrá la última palabra en esta disputa. 

Vía: Elespectador.com

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