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  • Última actualización 2024-03-27 23:33:12

Nuevo código contribuyó a disminuir en 18% de los delitos de impacto en el Meta, según la policía.

La Policía Nacional afirma que en sus primeros seis meses de vigencia y pedagogía, el Código Nacional de Policía y Convivencia demostró que es unas de las herramientas más importantes para corregir y prevenir aquellos comportamientos que afectan las buenas relaciones ciudadanas en los vecindarios, lugares públicos y en los propios hogares metenses.

Es así que, desde el pasado 30 de enero, cuando comenzó a aplicarse la Ley 1801 de 2016 de manera pedagógica, a la fecha se logró una disminución en un 18% en los delitos de impacto que afectan a la población metense.  Las reducciones más significativas se presentaron en El Dorado, con un 75% (seis casos menos que el mismo periodo del año pasado); Fuentedeoro, 69% (47 casos menos); San Carlos de Guaroa, 65% (30 casos menos); Cabuyaro, 59% (16 casos menos) y Puerto Rico, 53% (25 casos menos).

Así mismo, las lesiones personales tuvieron una caída del 22%, lo que representó que 111 personas no sufrieran heridas.  Las principales reducciones se presentaron en El Dorado en 100% (cero casos registrados durante lo corrido del año), San Carlos de Guaroa, 80% (16 casos menos), Puerto Rico 71% (10 casos menos), Fuentedeoro 67%, (16 casos menos) y Puerto López 45%, (30 casos menos).

El homicidio, tuvo una disminución en 10%, garantizando de esta manera siete vidas más.  Se destacan los siete municipios que a la fecha registran cero homicidios, siendo estos Castilla La Nueva, San Juanito, El Calvario, Cubarral, El Dorado, Fuentedeoro y Cabuyaro; de igual manera los de mayor reducción como Puerto Rico, con 67% (cuatro casos menos), Puerto Gaitán, 64%  (siete casos menos), San Juan de Arama, 50%  (un caso menos), Granada 45%  (nueve casos menos) y Puerto López, 38%  (tres casos menos).

Durante el periodo de pedagogía, los uniformados aplicaron en total 821 medidas por comportamientos contrarios a la convivencia en 23 municipios del Meta, es decir, entre cuatro o cinco por día; donde más se registraron fue en Granada con 260, Puerto Gaitán con 120, Puerto López con 70, y San Carlos del Guaroa y El Castillo con 26 cada uno.

Entre las conductas más frecuentes, se encuentran el consumo de bebidas alcohólicas o sustancias psicoactivas en lugares públicos; porte de armas, elementos cortantes o punzantes en lugares públicos; riñas; realizar necesidades fisiológicas en la calle y ocupar el espacio público violando las normas vigentes.

A partir de hoy, los 243 artículos de este instrumento fundamental dentro del Proceso de Modernización y Transformación Institucional (MTI), comienzan a regir a plenitud, con la aplicación de todas las medidas correctivas; es decir que los ciudadanos, la Policía Nacional, los inspectores de policía, las autoridades distritales y municipales y demás autoridades con facultades de policía, cuentan con un escenario eficaz para promover de manera conjunta valores como el respeto, la tolerancia, la sana convivencia, la solidaridad, la cultura ciudadana y la resolución de conflictos de manera pacífica.

El código contempla 20 medidas correctivas y que tan solo una de ellas es de carácter económico, justamente la que desde hoy empieza a aplicarse de la siguiente manera.

- Multa Tipo 1: $98.362. (algunos comportamientos: no recoger los excrementos de la mascota, obstruir por cualquier medio la ciclorruta y ocupar el espacio público con violación de las normas vigentes, entre otros).

- Multa Tipo 2: $196.724. (algunos comportamientos: agredir, irrespetar o desafiar a la autoridad policiva, iniciar una riña que pueda derivar en agresión física; portar armas, elementos cortantes, punzantes o semejantes, o sustancias peligrosas, en áreas comunes o lugares abiertos al público; trasladar caninos de raza peligrosa sin bozal, correas y demás elementos establecidos, entre otros).

- Multa Tipo 3: $393.449. (algunos comportamientos: consumir bebidas alcohólicas o sustancias prohibidas en establecimientos educativos o realizar actos sexuales en espacio público, entre otros).

- Multa Tipo 4: $786.898. (algunos comportamientos: realizar necesidades fisiológicas en espacio público, arrojar basuras en espacio público o hacer mal uso de las líneas de emergencia, entre otros).

Mitos y verdades.

Desde la entrada en vigencia del Código se han tejido una serie de mitos, no solo sobre los comportamientos contrarios a la convivencia, sino en referencia a las medidas correctivas. Aquí, algunos de ellos:

1. Van a multar a quienes no porten la cédula. FALSO. La nueva norma establece medidas correctivas solo para aquellos que se nieguen a entregar su número de documento y nombre completo a las autoridades, en medio de un procedimiento. Solo basta con entregar los datos reales.

2. Los ciclistas que se movilicen con audífonos serán multados. FALSO. Los ciclistas pueden movilizarse con estos elementos y no tendrán que pagar multa.

3. Las autoridades perseguirán a las personas que se besen en la calle. FALSO. El artículo 33 señala: “No constituyen actos sexuales o de exhibicionismo los besos o caricias de las personas, sin importar su género, color de piel, orientación sexual o identidad de género, manifiesten expresiones de cariño, en ejercicio de su derecho al libre desarrollo de la personalidad”.

4. El kit de emergencia debe llevarse en la parte delantera del vehículo. FALSO. Por seguridad, los conductores deben transportar el kit de emergencia en el baúl de los automotores.

5. Las empresas que pidan prueba de embarazo para el ingreso de mujeres serán multadas. FALSO. Cada empresa tiene derecho a establecer normas laborales de ingresos.

6. Está prohibido lactar a un bebé en lugares públicos. FALSO. Este es un acto maternal y natural.

7. La Policía les quitará la mercancía a los vendedores ambulantes. FALSO. Los vendedores ambulantes serán reubicados de acuerdo a las alternativas que les brinden las autoridades locales.

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