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  • Última actualización 2024-05-06 17:01:13

Casanare alcanzó por primera vez la Primera Vicepresidencia de la Cámara de Representantes con Oscar Leonidas Wilchez Carreño

El Representante de Casanare Oscar Leonidas Wilchez Carreño fue elegido en la Plenaria de la Cámara como Primer Vicepresidente de esta Corporación, en nombre del Bloque de la Media Colombia y la Bancada Liberal Uribista, en una votación que se registró con 88 sufragios a favor de Wilchez y 63 a favor de Ricardo Arias Mora Oscar Wilchez nació 3 de octubre de 1960 en una vereda de Labranzagrande Boyacá Colombia y vive en Yopal desde que tenía dos años. Estudió su bachillerato en el Colegio Braulio González de Yopal Casanare y en el Instituto Integrado José Joaquín González Camargo de Sogamoso Boyacá. Es abogado de la Universidad Libre de Bogotá. Estudió Planificación y Administración del Desarrollo Regional en el CIDER de la Universidad de los Andes, se especializó en Resolución de Conflictos en la Pontificia Universidad Javeriana, y adelantó una Maestría en Planificación y Administración del Desarrollo en la Universidad de Londres - Inglaterra. Fue Inspector de Policía, Personero y Secretario de Gobierno de Yopal. Primer Alcalde de Yopal ( 19988 – 1990 ), y primer Gobernador, que fueron elegidos por votación popular. Wilchez Carreño alcanzó más de 18 mil votos en las elecciones a la Cámara de Representantes de Casanare – Colombia, consolidándose así en la mayor votación que se haya registrado por esa Corporación en este joven Departamento. Wilchez lideró una propuesta independiente al partido de gobierno departamental, fue inscrito por Cambio Radical y el Movimiento Comunal y Comunitario de Colombia en Casanare. Actualmente es miembro de la Comisión III, que maneja los asuntos económicos de la Nación. Así mismo, hace parte de la Comisión de Seguimiento Electoral. Fue ponente del Plan Nacional de Desarrollo y de la ley que le quita el IVA a la panela. Recientemente logró que en el proyecto de reforma tributaria se bajara del 30 al 5 por ciento el gravamen a las regalías de los departamentos y municipios productores de petróleo.
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