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Casanare

Consejo de Estado ordena avanzar hacia la llegada de la televisión a Recetor.

El alto tribunal confirmó la obligación de adoptar medidas concretas para llevar progresivamente el servicio de televisión al municipio de Casanare. MinTIC tendrá seis meses para definir la alternativa tecnológica y, posteriormente, deberá trabajar con RTVC en un plan operativo.

Después de años sin una cobertura adecuada de televisión, los habitantes de Recetor, Casanare, recibieron una decisión judicial que abre el camino para que el servicio público llegue progresivamente al municipio.

El Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Primera, mediante sentencia del 16 de julio de 2026, resolvió los recursos de apelación presentados contra el fallo de primera instancia dentro de una acción popular promovida por la Personería Municipal de Recetor.

La corporación determinó que existe una problemática relacionada con la falta injustificada y prolongada de determinaciones técnicas, presupuestales y operativas para garantizar la distribución de competencias entre el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (MinTIC) y RTVC, de manera que pueda implementarse el servicio de televisión en el municipio.

Seis meses para definir cómo llegará la señal

Una de las principales órdenes del Consejo de Estado establece que el MinTIC tendrá un plazo de seis meses para adelantar las gestiones administrativas, presupuestales y contractuales necesarias para definir la alternativa tecnológica más adecuada para garantizar el servicio público de televisión en Recetor.

El fallo señala que, una vez cumplido ese primer plazo, el Ministerio tendrá otros seis meses, en coordinación con RTVC, para elaborar un plan operativo de cobertura que establezca expresamente las obligaciones, los responsables y los plazos para avanzar en la implementación del servicio.

La orden busca que el proceso no se limite a determinar quién tiene la competencia, sino que se traduzca en actuaciones concretas y verificables para llevar la señal al municipio.

Por su parte, RTVC deberá adelantar, dentro de sus competencias, las acciones necesarias para la implementación progresiva del servicio público de televisión en Recetor, de acuerdo con la alternativa tecnológica y el cronograma que sean definidos.

Habrá comité de seguimiento

Para verificar el cumplimiento de las órdenes, el Consejo de Estado también dispuso la conformación de un comité de verificación.

El organismo estará integrado por representantes de la parte demandante, el MinTIC, RTVC, el Ministerio Público y el Tribunal Administrativo de Casanare, que tendrá a su cargo la presidencia del comité.

La decisión corresponde a una sentencia de segunda instancia y modifica parcialmente lo dispuesto por el Tribunal Administrativo de Casanare en su fallo del 13 de marzo de 2025.

El Consejo de Estado, además, confirmó en lo demás la sentencia apelada y ordenó remitir copia del fallo a la Defensoría del Pueblo para los efectos previstos en la Ley 472.

Un proceso impulsado desde Recetor

La acción popular fue promovida por la Personería Municipal de Recetor, en defensa de derechos colectivos relacionados con el acceso a los servicios públicos y con que su prestación sea eficiente y oportuna.

El proceso también contó con la participación de representantes de la comunidad: Héctor Julio Caro Montaña, Jorge Elí González Bernal, Benjamín Martínez Preciado, Jenry Yesíd López Cepeda y Jorge Eduardo Gallego Gallego, quienes, junto con el personero municipal Norberto Martínez, impulsaron las acciones que llevaron el reclamo ante la justicia.

Ahora, más que una promesa de cobertura, Recetor cuenta con una orden judicial, plazos definidos y un mecanismo de seguimiento para avanzar hacia la implementación progresiva del servicio público de televisión.

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