La Dirección de Impuestos del Municipio, estableció los plazos para que los contribuyentes declaren y paguen el impuesto de Industria y Comercio, correspondiente al periodo gravable 2011, según el último dígito de la cédula o el NIT.
Para personas naturales así:
Cédulas terminadas en 0 y1, abril 18 de 2012; en 2 y 3, abril 20; en 4 y 5 abril 23; 6 y 7 abril 25 y para las cédulas terminadas en 8 y 9, vence el 27 de abril de 2012.
Para personas Jurídicas así:
Los NIT terminados en 0 y 1, vencen el 3 de mayo de 2012, en 2 y 3 en 7 de mayo; en 4 y 5, el 9 de mayo; en 6 y 7 el 11 de mayo y en 8 y 9, vencen el 14 de mayo de 2012.
Luis Ernesto Romero Rojas, titular de la dependencia, que a la fecha el recaudo de Industria y Comercio asciende a cerca de los 14 mil millones de pesos.