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Pliego de cargos contra exdirector de Cormacarena por manejo de recursos.

La Procuraduría investiga si durante 2021 se utilizaron recursos con destinación específica para asumir obligaciones que no correspondían a su finalidad legal.

La Procuraduría General de la Nación formuló pliego de cargos contra Andrés Felipe García Céspedes, quien fue director general de Cormacarena entre 2020 y 2023, por el presunto uso indebido de recursos con destinación específica durante su administración.

De acuerdo con el organismo de control, los hechos investigados se remontan a la vigencia 2021, cuando García Céspedes, presuntamente, habría ordenado el pago de un convenio por más de $7.000 millones, con recursos destinados al cumplimiento de obligaciones relacionadas con la tasa ambiental retributiva del sector eléctrico y la tasa y sobretasa ambiental.

La Procuraduría busca establecer si esos recursos fueron utilizados para atender gastos de funcionamiento de la corporación, pese a que tenían una destinación específica establecida por la normativa.

Según el organismo de control, esta actuación podría haber desconocido los principios de economía y responsabilidad que rigen la función administrativa.

Por estos hechos, la conducta fue calificada provisionalmente como una falta disciplinaria gravísima cometida a título de culpa gravísima.

La formulación de cargos hace parte del proceso disciplinario y no constituye una decisión definitiva sobre la responsabilidad del exfuncionario. García Céspedes tendrá la posibilidad de ejercer su derecho de defensa dentro de las actuaciones correspondientes.

Los documentos oficiales de la Procuraduría consultados registran el proceso disciplinario contra García Céspedes en su condición de director general de Cormacarena durante el período investigado.

García Céspedes estuvo al frente de Cormacarena durante el período 2020-2023. Su elección para dirigir la corporación en ese período también fue objeto de un proceso ante el Consejo de Estado, que en 2021 negó las pretensiones de una demanda de nulidad electoral contra su elección.

Ahora será el desarrollo del proceso disciplinario el que determine si las actuaciones atribuidas al exdirector constituyeron o no una infracción disciplinaria y las eventuales consecuencias jurídicas.

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