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  • Última actualización 2024-04-12 10:18:50

Tribunal Administrativo de Casanare revoca incidente de desacato contra Gobernador de Casanare

El pasado 7 de diciembre se dio a conocer el fallo de primera instancia del Juzgado Primero Administrativo de Yopal, dentro de la acción judicial que se sigue por la asignación de subsidios para beneficiarios del proyecto de vivienda “Torres de Santo Domingo” que declaró que Josué Alirio Barrera en calidad de Gobernador de Casanare y Sandra Lorena Cruz, como jefe de vivienda departamental incumplieron a título de culpa los compromisos adquiridos en la audiencia de pacto de cumplimiento, por lo que dicho fallo les imponía una sanción equivalente a 6 SMLMV.

Luego de conocerse el fallo de dicha providencia la Gobernación de Casanare, presentó consulta ante el Tribunal Administrativo. Ante este despacho El gobernador Josué Alirio Barrera, manifestó que la junta de vivienda comunitaria no ha presentado el concepto estructural del proyecto, aspecto evidenciado en visitas del DNP, en las cuales se señala que los diseños arquitectónicos, estructurales y licencia de construcción, no son coherentes con las características descritas en los estudios de suelo y cimentación, por lo que se ha reiterado la solicitud de dicha información en múltiples ocasiones, y no ha sido entregada argumentando que el proyecto no tiene fallas y que se trata de especulaciones.

De igual manera reitera el mandatario casanareño que los recursos serán desembolsados una vez que el constructor entregue las unidades habitacionales de acuerdo a las condiciones contractuales y resalta que estos recursos no se han reembolsado toda vez que a la fecha el constructor solo tiene adelantados 56 apartamentos, pero que estos no son funcionales, pues falta instalaciones de puertas, unidades sanitarias, mesón, lavaplatos.

También se manifestó que desde agosto del 2016 se solicitó a la junta de vivienda que aportaran los datos de los beneficiarios de los 56 apartamentos, el desenglobe del terreno, pero no se aportó dicha información a la oficina de vivienda departamental.

Bajo estos argumentos y los soportes de los mismos, el tribunal le dio la razón a la gobernación de Casanare, y manifiesta en las conclusiones del fallo que no se puede ordenar lo imposible, pues si la construcción está mal se debe corregir, y hasta tanto no se dé, los subsidios no se deben entregar, hasta que el constructor cumpla con las obligaciones contractuales, es así como el Tribunal Administrativo del Departamento resuelve revocar el fallo del 7 de diciembre y con ello la aplicabilidad de ese incidente de desacato.

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