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  • Última actualización 2026-06-02 19:37:26

Ejército emitió decreto de restricción de armas por temporada electoral

La Décimo Octava Brigada del Ejército Nacional emitió en las últimas horas un decreto en el cual se restringe el porte de armas de fuego mientras dure la temporada electoral para la Cámara de Representantes, el Senado y el Parlamento Andino.

El decreto, compuesto por 4 artículos, expresa que se suspenden transitoriamente la vigencia de salvoconductos, licencias y permisos para el porte de armas de fuego en el departamento de Arauca, el municipio de Cubará en Boyacá y la inspección de Samoré, ubicada en Toledo, jurisdicción del departamento de Norte de Santander.

La medida entrará a regir a partir de las 6 de la tarde del viernes 12 de marzo, hasta las 6 de la tarde del 15 del mismo mes. En consecuencia, el Ejército prohibió el porte de armas de fuego aun con salvoconducto, licencia o permisos en los días y horas señalados.

El decreto excluye de esta medida a la Fuerza Pública, organismos nacionales de Seguridad, Cuerpos Oficiales, Funcionarios Judiciales, Fiscalía, Procuraduría, Compañías de seguridad legalmente constituidas, seguridad del sector empresarial u oficial, así como los miembros de los cuerpos diplomáticos reconocidos y acreditados ante el estado Colombiano y personal de escoltas legalmente acreditados y reconocidos como tal, previa solicitud, confirmación y autorización actualizada por el Jefe de Estado Mayor de la Décima Octava Brigada.

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