La alcaldía de Municipal de Aguazul según decreto 002 del 09 de enero del 2014, con motivo de la realización del XXVI Festival Folclórico y Reinado Internacional del Arroz, que se llevara a cabo durante los días 15, 16, 17, 18 y 19 de enero, toma medidas tendentes a garantizar la seguridad de todas y cada una de las personas que asisten a los diferentes actos programados. Dicho decreto contempla entre otras cosas:
Primero: Prohibir el tránsito de motocicletas de todo tipo con parrillero durante los días que se realiza el festival de 9:00 de la noche hasta las 5:00 de la mañana;
Segundo: Todo vendedor ambulante y estacionario debe presentar permiso otorgado por la corporación del festival, para ejercer dicha actividad.
Tercero: Cerrar las carreras 18 y 19 entre calles 18 a la 21, a partir del día 15 hasta el 21 de enero de 2014.
Cuarto: Cerrar las carreras 18 y 19 entre calles 18 al 21, a partir del 15 enero del 2014.
Quinto: Cerrar durante los días 14 hasta el 27 de enero, la carrera 12 entre la calle 13 hasta la 15 y entre la calle 14 entre carrera 12 hasta la carrera 15 y carrera 13 desde la calle 13 hasta la calle 14, las cuales serán utilizadas para la instalación de las casetas de artesanías en el marco de las festividades.
Sexto: Prohibir la venta de bebidas en recipientes de vidrio dentro del marco del XXVI Festival Folclórico y Reinado Internacional de Arroz a menos de 100 metros de la concha acústica, manga de coleo, plaza de toros, verbenas populares y piscinas.
Séptimo: se fija el horario para los diferentes establecimientos comerciales durante el desarrollo de las festividades, donde vendedores de comidas rápidas 5pm-4am; venta de telefonía celular 7am-5pm; tabernas, discotecas, café, bar 5pm-3pm; hoteles, moteles y residencias 24 hora; droguerías 24 horas; casas de lenocinio 5pm-3am; horarios para eventos del XXVI Festival Folclórico y Reinado Internacional del Arroz 8pm-7am.
Octavo: quienes infrinjan lo dispuesto anteriormente le será retenida, motocicleta, vehículo o mercancía y le será impuesta una multa de 10 salarios mínimos diarios legales vigentes.
Noveno: prohibir la venta de licores a menores de edad en las casetas instaladas y autorizadas por la corporación de las festividades.
Decimo: declárese la alerta amarilla para los entes de salud, centros médicos y organismo de socorro en el marco de las festividades del municipio de Aguazul.