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Así está la obra desde el 2021.
Arauca

Pliego de cargos por retrasos en la construcción de la Concha Acústica en Cravo Norte

La Procuraduría investiga al exsecretario de Planeación y Obras Públicas del municipio y a la representante legal de la interventoría por presuntas fallas en la vigilancia y el control de una obra contratada por $2.410 millones.

La construcción de la Concha Acústica de Cravo Norte, en Arauca, está en el centro de una investigación disciplinaria. La Procuraduría General de la Nación formuló pliego de cargos contra el exsecretario de Planeación y Obras Públicas del municipio y la representante legal de la interventoría, por presuntas irregularidades en el seguimiento y control del proyecto.

Los investigados son Miguel Fernando Martínez Bernal, quien se desempeñó como secretario de Planeación y Obras Públicas y supervisor del contrato de obra 093 de 2021, y Ana Clemencia Lozano Natera, representante legal de la Unión Temporal Intercravo 2021 e interventora del proyecto.

Una obra de $2.410 millones con apenas 58,02 % de avance

De acuerdo con la Procuraduría, el contrato tenía un valor de $2.410 millones y un plazo inicial de ejecución de cuatro meses y medio. Sin embargo, durante su desarrollo se registraron tres suspensiones y alrededor de 13 prórrogas.

La situación documentada por el organismo de control refleja la diferencia entre el tiempo transcurrido y el avance físico de la obra. Para junio de 2024, la construcción permanecía suspendida y registraba un avance del 58,02 %, cuando ya había transcurrido el 97,78 % del plazo contractual.

¿Qué investiga la Procuraduría?

En el caso de Martínez Bernal, la investigación apunta a una presunta omisión de sus deberes como supervisor del contrato. Según el ente de control, habría dejado de exigir al contratista el cumplimiento oportuno de las obligaciones y no habría adoptado medidas suficientes para garantizar la terminación de la obra.

Frente a Lozano Natera, la Regional de Instrucción de Arauca señaló presuntas deficiencias en la vigilancia técnica, administrativa y financiera que debía ejercer la interventoría, particularmente en las labores de seguimiento y control del proyecto.

La Procuraduría calificó provisionalmente las conductas investigadas como faltas gravísimas. Para Martínez Bernal, la calificación se hizo a título de culpa grave, mientras que para Lozano Natera fue a título de culpa gravísima.

La formulación del pliego de cargos constituye una etapa del proceso disciplinario y no equivale a una sanción ni determina por sí sola la responsabilidad de los investigados.

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