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Ahora le investigan los certificados laborales de su hoja de vida.
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Procuraduría investiga certificados laborales de Lina Garrido

La directora de la Agencia Nacional de Tierras deberá responder por los documentos con los que acreditó su experiencia profesional. La investigación incluye inspecciones en Arauca para verificar dos certificaciones cuestionadas.

La Procuraduría General de la Nación abrió una investigación disciplinaria contra Lina María Garrido Martín, directora de la Agencia Nacional de Tierras (ANT), para establecer si cumplió los requisitos de experiencia exigidos para ocupar ese cargo y si los certificados laborales que presentó corresponden a actividades que efectivamente desempeñó.

La decisión, adoptada el 19 de octubre de 2026, se originó en una queja presentada por el ciudadano Dúmar Eliécer Blanco Ruiz, quien cuestionó la autenticidad del contenido de dos certificaciones aportadas por la funcionaria para acreditar su trayectoria profesional.

Uno de los documentos está relacionado con la Asociación de Ganaderos de la Sabana de Arauca (Asosabana); el otro fue expedido por el abogado José Manuel Garcés Castañeda.

La Procuraduría ordenó practicar pruebas para verificar la información y solicitó a la ANT documentación sobre el nombramiento, la posesión, las funciones desempeñadas y la hoja de vida de su directora.

El expediente no establece que Garrido haya cometido una falta disciplinaria. Busca determinar si cumplió los requisitos del cargo y si los documentos presentados reflejan la experiencia que afirmó tener.

Las dos certificaciones bajo revisión

La queja sostiene que el cargo descrito en el certificado de Asosabana como relacionado con la dirección estratégica, la gestión institucional y el desarrollo agrario no existiría dentro de esa organización.

También cuestiona las funciones consignadas en los documentos, al señalar que presuntamente habrían sido tomadas de los manuales de funciones de la propia Agencia Nacional de Tierras para hacerlas coincidir con el perfil exigido para dirigir la entidad.

Estas afirmaciones constituyen el objeto de la verificación y todavía deben ser contrastadas con los documentos y testimonios que recopilen los investigadores.

Para establecer qué labores realizó Garrido, cómo estuvo vinculada y qué responsabilidades tuvo, la Procuraduría ordenó una inspección disciplinaria en las instalaciones de Asosabana, en Arauca.

Durante la diligencia se buscará información sobre las personas que han ocupado el cargo mencionado desde 2020, las modalidades de vinculación, los pagos y los soportes de las actividades atribuidas a la actual directora de la ANT.

La inspección también contempla la revisión de documentos que permitan comprobar el trabajo realizado, como informes, memorandos y presentaciones.

En el caso del abogado José Manuel Garcés Castañeda, la revisión se orienta a establecer las condiciones de vinculación de Garrido, la forma de remuneración y los conceptos jurídicos, memoriales o estudios que habría elaborado.

Cinco días para entregar información

La Procuraduría solicitó a la Agencia Nacional de Tierras que remita, en un plazo de cinco días, una certificación laboral de su directora.

El documento deberá precisar las fechas de nombramiento y posesión, el salario asignado para 2026 y las funciones desempeñadas. También se requirió copia de los actos administrativos correspondientes y de la última hoja de vida registrada en el sistema de información de empleo público.

La actuación pretende establecer si la experiencia relacionada exigida para el cargo de director general de agencia, código E3, grado 5, fue acreditada de manera válida.

El punto central no es solamente si Garrido trabajó en las organizaciones mencionadas, sino si las funciones y la experiencia certificadas satisfacen las condiciones previstas para ejercer la dirección de la ANT.

¿Qué experiencia registra su hoja de vida?

La hoja de vida pública de Lina María Garrido Martín, disponible en el sistema de información de empleo público, registra formación profesional en Relaciones Internacionales y Estudios Políticos, además de especializaciones en Gerencia Social y en Opinión Pública y Mercadeo Político.

En el apartado de experiencia laboral aparecen su paso por la Cámara de Representantes, entre julio de 2022 y julio de 2026, y una vinculación con Asosabana entre febrero de 2020 y junio de 2022. También figura su nombramiento como directora general de la ANT en agosto de 2026.

La existencia de esos registros permite identificar los periodos de experiencia declarados, pero no resuelve por sí sola la controversia sobre las funciones desempeñadas ni determina si se cumplen los requisitos específicos del cargo.

Es precisamente ese aspecto el que la Procuraduría busca esclarecer mediante la revisión de los certificados y de los soportes laborales.

Garrido ya enfrenta una demanda ante el Consejo de Estado

La investigación disciplinaria se conoce en medio de otros cuestionamientos jurídicos sobre su llegada a la dirección de la Agencia Nacional de Tierras.

El Consejo de Estado admitió una demanda de nulidad contra el acto de nombramiento de Garrido, expedido mediante el Decreto 1149 del 10 de agosto de 2026. La acción cuestiona, entre otros aspectos, el cumplimiento de los requisitos para ocupar el cargo.

El alto tribunal no accedió a suspender provisionalmente el nombramiento, por lo que esa decisión cautelar no impidió que Garrido continuara en el puesto mientras avanza el proceso.

La admisión de la demanda no significa que el nombramiento haya sido declarado ilegal. El Consejo de Estado deberá estudiar los argumentos y las pruebas antes de adoptar una decisión de fondo.

Se trata de un proceso diferente de la investigación disciplinaria que adelanta la Procuraduría: mientras el primero examina la legalidad del acto de nombramiento, la segunda busca establecer si existen motivos para atribuir responsabilidad disciplinaria en relación con los requisitos y documentos aportados.

¿Qué sigue en la investigación?

Las inspecciones en Arauca y en la oficina del abogado, junto con la información que debe entregar la ANT, serán determinantes para contrastar las afirmaciones contenidas en la queja.

La revisión deberá establecer si los cargos y las funciones descritos en los certificados corresponden a vínculos laborales reales y si la experiencia acreditada satisface las exigencias del manual de funciones de la entidad.

Por ahora, la apertura de la investigación no constituye una sanción ni una declaración de culpabilidad contra Lina María Garrido. El resultado dependerá de las pruebas recopiladas y de las decisiones que adopte la autoridad disciplinaria.

La pregunta que deberá resolver el expediente es concreta: ¿la experiencia que Garrido presentó para asumir la dirección de la ANT corresponde a las funciones que efectivamente desempeñó y cumple los requisitos exigidos para el cargo?

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