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Corte Suprema deja libre al exgobernador Julio Acosta Bernal. Alto tribunal asegura que en su caso se vencieron los términos. Seguirá el juicio en libertad.
Arauca

En libertad exgobernador Julio Acosta Bernal

La Corte Suprema de Justicia ordenó la libertad por vencimiento de términos del polémico exgobernador de Arauca, Julio Acosta Bernal, condenado en primera instancia por homicidio y concierto para delinquir. Esos delitos se dieron por el asesinato del exregistrador Juan Alejandro Plazas Lamónaco, en el 2003. 

Según testimonio de exparamilitares, Acosta consideraba a PLazas un obstáculo para llegar a la Gobernación por lo que supuestamente determinó el homicidio. 

El exgobernador  pidió su libertad afirmando que se le deben aplicar los beneficios de las leyes que racionalizaron la medida de aseguramiento, y que establecieron que las personas no pueden durar en detención preventiva más de un año o dos años, dependiendo de la gravedad de los delitos. 

Según la Corte Suprema, el exgobernador lleva 5 años y más de 9 meses detenido hasta que hubo una primera condena, que finalmente se cayó porque la tomó un juez que no era competente para juzgar a un aforado, pues ese caso debía ser resuelto por la Corte Suprema de Justicia. Y desde que el alto tribunal conoce el caso, Acosta lleva detenido 6 meses y 13 días. 

"Se le ha privado de la libertad durante un plazo que escapa de lo razonable, toda vez que la extensión del proceso no puede imputársele a él, pues siempre la defensa advirtió del conflicto existente por razón del fuero constitucional", aseguró el abogado en el proceso. 

Al estudiar su caso la Corte Suprema aseguró que la "limitación de la duración de la detención es materialización del derecho humano de toda persona detenida a ser juzgada dentro de un plazo razonable o a ser puesta en libertad, sin perjuicio de que continúe el proceso", por eso aseguró que el exgobernador sí puede ser beneficiado de las leyes que racionalizan las medidas de aseguramiento. 

La Corte dijo que el conteo del tiempo se da desde la fecha de detención y no desde que entró en vigencia esta norma (el pasado primero de julio). 

También aseguró que en el caso de Acosta "salta a la vista que, por haberse sobrepasado con creces el término máximo de vigencia de la medida de aseguramiento -incluso contabilizando la prórroga que cabe por tratarse uno de los delitos juzgados de aquellos de conocimiento de la justicia especializada- existe una vulneración a la garantía fundamental a ser juzgado dentro de un plazo razonable", asegura la Corporación. 

Por esto la Corte estableció que Acosta debe seguir el juicio en libertad, y le prohibió salir del país.  También se mantuvo una caución que ya fue pagada por el exgobernador por 34.5 millones de pesos. 

Corte anuló la primera condena

Contra Acosta pesaba una medida de aseguramiento desde el 2008. Su captura se hizo efectiva en marzo del 2011, cuando fue detenido en Bogotá. Dos años después Acosta fue condenado como determinador del homicidio de Juan Alejandro Plazas Lomónaco. 

Sin embargo, en noviembre del 2015 el Tribunal Superior de Medellín dijo que no tenía competencia para conocer este caso en segunda instancia porque se trataba de un aforado constitucional al ser un gobernador,  por lo que remitió el caso a la Corte Suprema de Justicia para que fuera esta corporación la que resolviera su situación jurídica de fondo. 

Cuando la Corte comenzó a estudiar el proceso, ordenó la nulidad de todo lo actuado y tumbó la primera condena de 28 años de prisión, por lo que será este organismo el que debe definir si Acosta es o no condenado. 

Desde junio de este año la Corte había revocado la medida de aseguramiento en su contra por el proceso que se seguía en primera instancia, pero seguía detenido por el nuevo proceso que se surte en la Corte Suprema de Justicia. 

Vía: ELTIEMPO.COM

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