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  • Última actualización 2024-04-19 14:16:36
Gobernación de Arauca entregara resoluciones de transferencia a beneficiarios del Proyecto Laureles Etapa I
Arauca

Gobernación de Arauca entregara resoluciones de transferencia a beneficiarios del Proyecto Laureles Etapa I

La Administración Departamental de Arauca informa que en el marco del plan de desarrollo -Humanizando el Desarrollo, y en ejecución de su política pública en materia de vivienda denominada “Vivienda Digna y Productiva”, indica en comunicado que los beneficiarios del proyecto de vivienda “LAURELES ETAPA I” que este viernes se llevará a cabo el acto de entrega de resoluciones donde entregan el subsidio de vivienda.

El comunicado textualmente informa:

PRIMERO: El viernes 21 de junio de 2019, a partir de las 7:00 a.m., personal adscrito a la Gobernación del Departamento de Arauca,  realizará la entrega de la resolución de transferencia por medio de la cual se transfiere un subsidio familiar de vivienda en especie,  equivalente a una vivienda de interés prioritario y terreno en el municipio de Arauca- Departamento de Arauca, a favor de los beneficiarios del proyecto “Laureles etapa I”.

SEGUNDO: La Gobernación del Departamento de Arauca realizará la entrega de la resolución de transferencia, únicamente a aquellos hogares que  hayan cumplido con los requisitos exigidos por la normatividad vigente en materia de vivienda, tales como la actualización de los documentos de identificación de los integrantes del núcleo familiar y no encontrarse en ningún proceso de carácter administrativo ante  este ente territorial.

PARAGRAFO PRIMERIO: La Gobernación de Arauca no adquiere ninguna responsabilidad en el proceso de transferencia, respecto de aquellas personas que por omisión no hayan realizado la actualización de documentos de identidad de los integrantes núcleo familiar.

TERCERO: La resolución de transferencia se entregará al beneficiario del subsidio familiar de vivienda. En caso tal, este último no pueda asistir a la diligencia, deberá otorgar poder debidamente autenticado al siguiente mayor de edad integrante del núcleo familiar,  para que este, en representación del hogar beneficiado, pueda adelantar los trámites correspondientes.

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