Por ordenar la ejecución de las obras para la construcción del parque comercial La Herradura , sin haberse aprobado el Plan Parcial de reestructuración urbana de la zona centro del municipio, la Procuraduría General de la Nación sancionó con suspensión de dos meses en el ejercicio del cargo e inhabilidad especial por el mismo término, a los señores Nelson Nadyn Nieto Ramírez y Nelson Ricardo Mariño Velandia, ex Secretario de Obras Públicas y ex Alcalde de Yopal, respectivamente.
De acuerdo con la decisión proferida por la Viceprocuradora General de la Nación , Martha Isabel Castañeda Curvelo, el Plan Parcial era requisito indispensable para poder realizar desarrollos urbanísticos en ese sector del municipio, conforme a lo exigido por el artículo 109 del Acuerdo Municipal 027 de 2003.
Consideró que, la conveniencia y necesidad de la realización de las obras objeto del contrato 359, no implicaba que se desconociera la exigencia contenida en el Acuerdo, con fundamento en conceptos emitidos por consultores externos, porque aquellos dejaban sin efecto las decisiones del Concejo Municipal y “hasta tanto no se modificara por esa Corporación o se declarara su nulidad por la jurisdicción de lo contencioso administrativo gozaba de presunción de legalidad, por ende resultaba obligatorio su acatamiento”, explicó.
Para la Procuraduría , si bien la adopción del plan parcial de reestructuración de la zona de renovación urbana del centro de Yopal debió proferirse con antelación al inicio de las obras, se podía prorrogar el termino para su inicio, conforme a lo establecido en el numeral 5 capítulo V del pliego de condiciones.
Con la conducta señalada, los disciplinables transgredieron el artículo 34 de la Ley 734 de 2002, según la cual, es deber de todo servidor público hacer cumplir, entre otros, los deberes contenidos en los Acuerdos Municipales.
Al imponer la sanción y en atención a que los disciplinables han cesado en sus funciones, el Órgano de Control convirtió la suspensión en suma equivalente a los salarios percibidos para la época de los hechos, 5 millones 496 mil 278 pesos para el señor Nelson Nadin Nieto Ramírez y 8 millones 199 mil 732 para el señor Nelson Ricardo Mariño Velandia.
Contra la decisión procede el recurso de apelación.
Vía: Prensa PGN.