Con el fin de implementar las medidas para iniciar los procesos de legalización de los permisos para la explotación y autorización de rifas y sorteos, Rodolfo Puentes Suárez, secretario de Gobierno y Participación Ciudadana, invita a todos los operadores, a una reunión el día 29 de enero, a las 2:00 p.m., en las instalaciones de la Casa de Justicia que está ubicada en la calle 33 Nº 26ª-12.
Este proceso se adelanta de conformidad con del Decreto 1968 de septiembre 17 de 2001 “Por medio del cual se reglamenta el capítulo V de la Ley 643 de 2001”.
En ese capítulo, se define que las rifas se pueden poner al mercado previa autorización de los municipios, el departamento o de la Empresa Territorial para la Salud ETESA.
Cuando la rifa opere en el municipio, obedece a este su explotación; si por el contrario opera en más de un municipio del mismo departamento, corresponde al departamento la explotación y si la rifa se realiza en más de un departamento, el procedimiento lo efectúa ETESA.
En el artículo 30 de la Ley 643 de 2001, se señala que las rifas generan derechos de explotación equivalentes al catorce por ciento (14%) de los ingresos brutos.
Al momento de la autorización, la persona gestora de la rifa, deberá acreditar el pago de los derechos de explotación correspondientes al ciento por ciento (100%) de la totalidad de las boletas emitidas. Realizada la rifa, se ajustará el pago de los derechos de explotación al total de la boletería vendida.
Vía: Prensa Alcaldía de Yopal.