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  • Última actualización 2026-07-06 16:06:23
Turistas con vehículos con placa extranjeras pueden circular por todo el municipio de Arauca y ampliación de tiempo para pago de internación a vehículos inmovilizados principales cambios del nuevo decreto de la alcaldía de Arauca.
Arauca

Vehículos con internación temporal pueden circular por todo el municipio de Arauca

El decreto 0026 de 2016 emitido por la alcaldía de Arauca el pasado viernes 15 de enero no dejo muy contento a Juan Quenza, cabeza visible de los dueños de automotores extranjeros en el municipio de Arauca, quienes esperaban la eliminación de dicho trámite.

Quenza dice que de ahora en adelante no solo la Policía Nacional, puede inmovilizar un vehículo que no tenga la tarjeta de internación temporal para circular por el municipio de Arauca, sino que ahora también lo puede hacer el Ejército y la Armada Nacional, por esto considera que el nuevo decreto es un retroceso a sus peticiones.

Dijo que la administración del alcalde Benjamín Socadagúi, no tuvo en cuenta a los dueños vehículos extranjeros residenciados en Arauca para concertar la redacción del nuevo decreto y que seguirán solicitando en cumplimiento de la promesa hecha en campaña,  la que consistía en la eliminación de la internación.

Por su parte el alcalde Benjamín Socadagúi, afirmó que los expertos de jurídica de la alcaldía municipal habían estudiado la mejor manera de beneficiar a la comunidad y que los cambios realizados cumplen los parámetros para que todo se encuentre bajo la ley, porque la internación temporal hace parte de las leyes colombianas y estas no pueden ser eliminadas por las administraciones locales.

Afirmó que en Arauca todos los dueños de vehículos pagan el impuesto de rodamiento y que la internación temporal es el nombre que se le da a este impuesto para los vehículos extranjeros que circulan por la localidad.

Los cambios más relevantes encontrados en el decreto 0026 de 2016 son dos, el primero de ellos es la ampliación del límite hasta donde los turistas extranjeros pueden viajar con su vehículo y la segunda es el aumento de los días en los que una persona dueña de un vehículo extranjero inmovilizado puede realizar el pago de la tarjeta de internación temporal antes de pasar a la Dian.

El único parágrafo del artículo primero del decreto 0026 de 2016 detalla hasta que puntos se pueden desplazar los turistas propietarios de vehículos extranjeros en el municipio de Arauca, tomando como punto de partida el kilómetro 0+000, Glorieta de la Brigada 18, los límites hasta donde pueden circular los vehículos venezolanos en calidad de turistas son: 1. Vía a Tame hasta el kilómetro 60+300 (Puente del Río Lipa), 2. Vía a Arauquita hasta el kilómetro 58+710 (Caño Limón), 3. Vía a Cravo Norte hasta el kilómetro 42+340 (Vereda Las Monas), y 4. Vía a Caracol hasta el kilómetro 63+640 (Centro poblado).

El segundo cambio está en el artículo tercero del decreto que dice “Los vehículos, motocicletas y embarcaciones fluviales menores de matrícula venezolana, de propiedad de ciudadanos colombianos o extranjeros que no hayan renovado la internación temporal, serán inmovilizados POR PARTE DE LAS AUTORIDADES COMPETENTES (POLICÍA NACIONAL, EJÉRCITO NACIONAL, ARMADA NACIONAL), como medida cautelar por el termino de DIEZ (10) DÍAS HÁBILES, tiempo durante el cual, el propietario o poseedor, deberá tramitar ante la Secretaría de Gobierno Municipal, la respectiva tarjeta de internación temporal, previo el lleno de los requisitos exigidos por Ley y sus decretos reglamentarios”.

Adjunto puede descargar los dos decretos el 0025, donde derogan los artículos anteriores y el 0026 donde queda detallados los parámetros que deben de tener en cuenta los colombianos o extranjeros que circulen por el municipio de Arauca.

Archivos

Decreto 0025

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Derogación de decretos relacionados con internación en Arauca.

Decreto 0026

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Internación temporal de vehículos en Arauca

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