En el Tribunal Superior Del Distrito Judicial, en cabeza de las dos conjueces se supo hoy el monto de la pena que tendrá que pagar el que fuera juez laboral Jesús María Pardo Hernández, por el delito de prevaricato en concurso material homogéneo.
Desde las 9 de la mañana y hasta el mediodía, la magistrada ponente dio lectura a la sentencia, haciendo un extenso relato de los hechos que tienen hoy tras las rejas al ex juez laboral Jesús María Pardo.
Las conjueces, sentenciaron a Pardo a pagar 56 meses de prisión, equivalentes a 4 años y 8 meses dentro de un establecimiento carcelario, además de la multa de 78 salarios mínimos legales mensuales vigentes, que suman 45 millones 981 mil pesos y que debe ser cancelada en el término de 3 meses. A esto le añadieron 90 meses de inhabilitación en sus funciones, lo que corresponde a 7 años y 5 meses.
Durante la audiencia, la conjuez calificó los actos del ex funcionario público como “una abierta trasgresión del ordenamiento jurídico. Antepuso su voluntad o capricho, eludiendo el derecho que estaba obligado a hacer cumplir. La actuación del juez no puede calificarse de otra cosa que de prevaricador, pues no fue por desconocimiento de la norma, dado el cargo que desempeñaba.”
Y cumplirá la condena en la cárcel, porque las conjueces le negaron la prisión domiciliaria, argumentando que la defensa nunca probó que Pardo tuviera que cuidar de sus sobrinos de 6 y 7 años mientras su hermano los mantenía económicamente, además de declararse extrañadas porque en cierto momento, el propio Pardo dijo que vivía solo.
El 5 de octubre de 2005, José Anaín Ángel Cáceres tuvo un accidente en su lugar de trabajo. Pero la empresa a la que estaba afiliado, la aseguradora de riesgos profesionales Liberty S.A resolvió que el accidente que había sufrido no era laboral, por lo que no le pagaría la incapacidad de más de 200 días.
El caso llegó hasta Pardo, quien obligó a la aseguradora a pagarle a Ángel la suma de 76 millones de pesos como indemnización por la pérdida de la capacidad laboral durante su trabajo en una empresa contratante de la aseguradora, pero al parecer la incapacidad la habría adquirido en un accidente en 2005 en un momento en que no estaba vinculado a la empresa contratante, argumento que esgrimió la defensa durante todo el proceso, por lo que interpuso el recurso de apelación, que le fue negado por Pardo el 13 de marzo de 2009.
Tanto en ese momento, como el 27 de abril de ese mismo año, Pardo le negó a la parte demandada el recurso de apelación y el de queja, por considerarlos maniobras dilatorias de parte de la aseguradora, además de reiterar que no se violaba el debido proceso, ni los derechos de las partes. La ARP Liberty demandó al juez laboral de Arauca y el Tribunal Superior de Arauca vislumbró la incurrencia del delito de prevaricato, por lo cual ordenó las copias a la Fiscalía.
El caso contra el ex juez laboral Jesús María Pardo, empezó el 27 de septiembre de 2011, cuando le realizaron la audiencia de imputación, terminando con medida de aseguramiento intramural al día siguiente. El 13 de junio de 2012 la fiscalía realizó la formulación de acusación y hasta el 23 de agosto de 2012, se concretó la audiencia preparatoria al juicio, donde la defensa interpuso un recurso de apelación, que se resolvió contra el procesado el 3 de octubre de ese año.
La parte final de este proceso, se dio a conocer el 14 y 29 de enero de 2013 con el juicio oral y el día 30 de enero, luego de los alegatos finales, las conjueces lo declararon culpable del delito de prevaricato por acción en concurso material homogéneo.
Según el Código Penal en su artículo 413, el delito de prevaricato por acción contempla una pena de 3 a 8 años de prisión y una multa de 50 a 200 salarios mínimos legales mensuales vigentes, así como una inhabilitación para ejercer derechos y funciones públicas de 5 a 8 años.
Jesús María Pardo, de 62 años, era juez laboral desde el 1 de abril de 2002 y fue capturado por las autoridades debido a este delito el 28 de septiembre de 2011.