Las directivas del partido Cambio Radical enviaron una comunicación a los magistrados del Consejo Nacional Electoral exponiendo diversas precisiones relacionadas con la solicitud de revocatoria de aval a 308 candidatos hecha el pasado 18 de agosto por el director de esta colectividad,Carlos Fernando Galán, manifestando que en esta oportunidad que los aspirantes avalados hicieron la entrega pertinente de los documentos expedidos por los entes de control como la Procuraduría General de la Nación, la Contraloría General y el Departamento Administrativo de Seguridad, DAS.
En este sentido, la carta firmada por el representante legal del partido Cambio Radical, Antonio Álvarez Lleras, ratifica el respaldo al candidato a la gobernación de Arauca, Carlos Eduardo Pinilla, toda vez que recibió el apoyo, no sólo del pueblo araucano, sino de personalidades políticas de otros partidos, además del tiempo que lleva militando en esta colectividad, lo que finalmente llenó de confianza a Cambio Radical para expedir el aval.
Cabe destacar que Carlos Pinilla aparecía en un listado de nueve candidatos, que fue entregado por Galán al Consejo Nacional Electoral, para que anulara esas inscripciones por razones de “Conveniencia Política”, solicitud ante la cual el partido Cambio Radical se refirió de la siguiente manera: “Estas personas que están enumeradas por ‘Conveniencia Política’, solicitamos de manera puntual, sea el Consejo Nacional Electoral, a través de sus magistrados, tomen la decisión más acertada, en vista de que nosotros como partido político no encontramos Plena Prueba, y como conocedores de la declaratoria de inexequibilidad hecha por la Corte Constitucional mediante sentencia C-859/06, para el uso de la expresión ‘Conveniencia Política’.
El representante legal del Partido, Antonio Álvarez Lleras, es reiterativo en solicitarles a los magistrados del Consejo Nacional Electoral, que tengan en cuenta los documentos entregados por los candidatos y que fueron confirmados como legales por parte de los entes de control como la Procuraduría General de la Nación, la Contraloría General de la República y el Departamento Administrativo de Seguridad, DAS, y sus circunstancias personales, “así como la exigencia de la plena prueba que contiene el debido proceso, para que la decisión adoptada sea ajustada a la verdad real”.