El IDEAR otorgará créditos a estudiantes que cursen, estén admitidos o se encuentren matriculados en programas de formación técnica, tecnológica, profesional, postgrados Y postdoctorados dentro del país, para la matrícula y el pago parcial de los gastos de sostenimiento; y a nivel de investigación requeridas para el desarrollo de la Región, en el País y en el extranjero.
Por lo tanto, tienen derecho al servicio de crédito educativo del IDEAR, todas las personas naturales que cumplan con los requisitos exigidos por el Instituto.
Se dará prioridad a estudiantes de la población de estratos 1 y 2 que estén admitidos, cursen o se encuentren matriculados en establecimientos educativos oficiales.
En caso que el solicitante o su deudor solidario sean beneficiarios de crédito en cualquier modalidad, éstos no podrán encontrarse en mora al momento de hacer la solicitud, ni durante el tiempo que dure la carrera, en cuyo caso se suspenderán los desembolsos del crédito.
El crédito educativo del IDEAR se orientará a financiar estudios presénciales, semipresenciales y a distancia, en los siguientes tipos y niveles:
1.- Educación Formal: Aquella impartida en establecimientos y programas educativos debidamente aprobados por el Estado, en una secuencia regular de ciclos lectivos con sujeción a pautas curriculares y conducentes a grados y títulos. La Educación en el nivel de Pregrado incluye formación Técnica, Profesional y Universitaria.
2.- Educación No Formal: Aquella que se ofrece con el objeto de complementar, actualizar, suplir conocimientos y formar en aspectos académicos o laborales sin sujeción al sistema de niveles o grados.
De acuerdo al monto de los créditos, el IDEAR financiará el valor de la matrícula ordinaria correspondiente a cada semestre del plan de estudios. Hasta dieciséis (16) SMML. Además se aprobará, por una sola vez, un valor equivalente de hasta cuatro (4) SMMLV para costos de tesis y derechos de grado y hasta cinco (5) SMMLV para investigaciones relacionadas con el departamento previa evaluación de la Junta Directiva.
Para garantizar el desembolso de los créditos, el IDEAR deberá contar con los recursos tanto en el presupuesto como en tesorería, al momento de la aprobación.
Al usuario que se le compruebe falsedad en los soportes del crédito, información inexacta o incorrecta inversión, será sancionado con la pérdida del crédito, y el reintegro inmediato del valor desembolsado, por vía judicial, sin perjuicio de las sanciones civiles o penales previstas.
Los requisitos y documentos para acceder a la línea de créditos, pueden consultarse a través de www.idear.gov.co.