La Policía arrestó en la mañana del 14 de febrero a Luis Hernando Ballesteros Gutiérrez, de 64 años, por los delitos de prevaricato por acción y prevaricato por omisión, debido a una orden de captura emanada por un juez de la República.
La Fiscalía Primera Seccional, en la audiencia de legalización de captura realizada a las 5:30 de la tarde, relató que la detención se realizó a las 7:38 de la mañana, en la vía al puente internacional José Antonio Páez, por miembros de la Policía Nacional, en cumplimiento de una orden de captura emitida el día anterior.
Tanto el ministerio público como la defensa, pidieron que se declarara ilegal el arresto, pues si bien la orden de captura era legal, podría estar viciada, pues Ballesteros tenía que presentarse a una audiencia de imputación por los mismos delitos ese mismo día, a las 4 de la tarde. La defensa añadió que la captura era “un acto protagónico e innecesario, pues el indiciado no ha huido ni se ha declarado la contumacia para proceder de esta manera contra él”.
El juez primero promiscuo municipal, no obstante, declaró legal la captura simplemente porque la orden de captura cumplía con todos los requisitos legales y había sido expedida por un juez de la república, lo que obligaba al juez a hacer cumplir la ley. También denegó la solicitud de la defensa y del Ministerio Público por considerar sus argumentos como “insustanciales”.
Ya en la audiencia de formulación de imputación, se pudo conocer que a Ballesteros se le imputó el delito de prevaricato por acción, en concurso homogéneo y sucesivo con prevaricato por omisión por hechos ocurridos el 28 de octubre de 2011, cuando siendo director del Hospital San Vicente de Arauca, ordenó mediante resolución la compra de una ambulancia medicalizada por el valor de 200 millones de pesos, sabiendo que el centro asistencial no contaba con el presupuesto necesario para la adquisición.
A esto se le añade que al haber empleado una resolución, en vez de cumplir con las normas establecidas en el Hospital para los procesos contractuales, se le estipula el delito de prevaricato por omisión, pues omitió la ley que se cumplía en este tipo de situaciones. Fue entonces cuando la junta directiva del Hospital San Vicente, en cabeza del gobernador Facundo Castillo y el alcalde de Arauca Luis Emilio Tovar, instauraron la denuncia penal contra Ballesteros. Aún así, el imputado no aceptó los cargos que le endilgaron.
En la audiencia de medida de aseguramiento, la fiscalía pidió la detención domiciliaria, pues Ballesteros no había cumplido con las dos citaciones del juez para comparecer a una audiencia de imputación, lo que, según ella, demostraba poca seriedad y renuencia a colaborar en el proceso en su contra.
El ministerio público y la defensa solicitaron que la medida de aseguramiento no fuera privativa de la libertad, pero el juez, dándole la razón a la fiscal, determinó la prisión domiciliaria para Hernando Ballesteros, mientras se cumple el proceso por el que va a ser juzgado.
Ante la seria situación de salud por la que atraviesa el imputado (diabetes, hipertensión, enfermedades respiratorias y cardiovasculares, todas diagnosticadas por especialistas) el juez enfatizó que era responsabilidad del Inpec que pudiera asistir a los controles médicos que fueran necesarios para tratar sus dolencias, así como el otorgarle un permiso para trabajar como endoscopista digestivo, cargo que desempeñaba al momento de su arresto, según un certificado laboral.
Según el Código Penal en su artículo 413, el delito de prevaricato por acción contempla una pena de 3 a 8 años de prisión y una multa de 50 a 200 salarios mínimos legales mensuales vigentes, así como una inhabilitación para ejercer derechos y funciones públicas de 5 a 8 años. A su vez, el delito de prevaricato por omisión (artículo 414 de la misma ley) estipula una pena de entre 2 a 5 años de prisión, así como una multa de entre 10 a 50 salarios mínimos legales mensuales vigentes, además de una inhabilitación para ejercer derechos y funciones públicas de 5 años.
La audiencia terminó cerca de la medianoche. El todo es que el médico Hernando Ballesteros tendrá que permanecer en su hogar mientras se adelanta este proceso en su contra que viene desde el año anterior y que solo hasta ahora se toman este tipo de medidas.