La Ley 388 de 1997 creó el Consejo Consultivo de Ordenamiento como una instancia asesora de la Administración Municipal en materia de ordenamiento territorial. Se diferencia del Consejo Territorial de Planeación porque éste es una instancia de planeación de carácter consultivo y sirve de foro para la discusión del Plan de Desarrollo Municipal y del Plan de Ordenamiento Territorial.
Son funciones de este Consejo, además de las previstas en la Ley 388/97 y su reglamento, el seguimiento del plan de ordenamiento y proponer sus ajustes y revisiones cuando sea del caso.
El Alcalde del municipio de Arauca convoca a la sociedad civil mediante las organizaciones legalmente constituidas, a conformar ternas para la selección de consejeros consultivos de ordenamiento territorial en los siguientes sectores:
Empresas Transportadoras.
Organizaciones Deportivas.
Juntas de Acción Comunal.
Asociación de Ingenieros.
Técnicos Constructores.
Sector Industrial.
Sector Cultural.
Sector Agrario.
Sector Minero.
Comerciantes.
El Alcalde de Arauca, conforme al Artículo 86 del Acuerdo 663 de 2007, convoca a las (organizaciones a) GREMIALES, b) PROFESIONALES, c) ECOLÓGICAS, y d) CÍVICAS y COMUNITARIAS, vinculadas con el desarrollo urbano, para que presenten ternas de candidatos para conformar el CONSEJO CONSULTIVO DE ORDENAMIENTO DEL MUNICIPIO DE ARAUCA, para un periodo institucional de dos (2) años. Sin embargo para esta convocatoria estará comprendido desde la posesión hasta el mes de diciembre de 2015.
Las organizaciones que deseen postular candidatos para la conformación de la terna deben asegurarse que dicha persona cumpla los siguientes requisitos:
Estar vinculado a las actividades del respectivo sector
Poseer conocimientos técnicos o experiencia en los asuntos del sector al que va a representar.
Las organizaciones postulantes no podrán presentar más de una terna
Adicionalmente a las ternas presentadas se debe allegar los siguientes documentos:
Hoja de vida con soporte de los candidatos y candidatas que conforman la terna.
Carta de aceptación de la postulación por parte de los candidatos y candidatas y manifestación expresa de no estar incursa en ninguna inhabilidad o incompatibilidad.
Carta de la organización postulante en la cual se indique el sector para el cual se presenta la terna, la experiencia y/o vinculación de los candidatos o candidatas con el sector.
Copia del acta de reunión en la cual se hizo la postulación.
Datos de identidad, domicilio, teléfono de la entidad postulante y de los candidatos y candidatas.
El Alcalde procederá a elegir un representante de cada una de las organizaciones, teniendo como criterio que posean conocimientos técnicos o experiencia en los asuntos del sector que se trate. Si durante el término fijado para la presentación de las correspondientes ternas, una o varias de las organizaciones no presentan la plancha correspondiente, el Alcalde designará el representante directamente.
Si para dicha fecha no se han recibido las ternas respectivas, el parágrafo del artículo 29 de la ley 388/97, establece que los miembros de este consejo podrán ser escogidos entre los integrantes del Consejo Territorial de Planeación.
Las ternas podrán ser modificadas hasta por una sola vez o retiradas en cualquier momento durante el tiempo de la convocatoria.
La convocatoria estará abierta durante 8 días calendario contados a partir del día siguiente a la publicación del presente aviso. Dichas ternas deberán ser presentadas y radicadas en la Oficina Asesora de Planeación Municipal.
La convocatoria para la presentación de ternas se fijará en un lugar visible de la Secretaría de Planeación Municipal. La difusión se hará a través de comunicados de prensa en emisora de amplia cobertura local.
Dichas ternas se recepcionarán a la Oficina Asesora de Planeación Municipal, Edificio Centro Administrativo Municipal CAM, bloque de Emserpa D, piso 1, en el horario de 8:30 a.m. a 11:30 a.m. y de 2:30 a 5:30 p.m., de lunes a jueves y el día viernes, de 8:30 am. a 11:30 am.
Mayor información en [email protected]. o en Oficina Asesora de Planeación Municipal 097-8853156 extensiones 205 y 206.