Las autoridades judicializaron hoy en horas del día a Arcely Ávila García, de 27 años y oriunda del Meta, por el delito de rebelión. Al parecer, sería uno de los cinco insurgentes que fueron neutralizados por el Ejército y la Fuerza Aérea en zona rural de Tame, Arauca.
Los hechos se presentaron durante el fin de semana anterior, cuando el Ejército y la Fuerza Aérea, en una operación conjunta, bombardearon una zona campamentaria de la columna Alfonso Castellanos, del décimo frente de las Farc, ubicada en la vereda Las Canoas, jurisdicción del municipio de Tame.
Como resultado del ataque contra el lugar, tres insurgentes fueron muertos por la Fuerza Pública y dos guerrilleras fueron puestas a disposición de las autoridades. Una de ellas es una menor de 14 años que habría resultado con serias heridas luego de tratar de lanzar contra las tropas una granada, pero ésta se le explotó en la mano.
Su compañera, al parecer fue capturada por las autoridades mientras intentaba huir de la zona, pero como no le hallaron documento alguno que la identificara, ella misma se presentó como Arcely Ávila García, de 27 años, originaria del Meta y conocida al interior de las Farc con el alias de “Yulitza” o "La Tota".
El brigadier general Carlos Rubiano Fonseca, comandante de la Fuerza de Tarea Quirón, agregó que la mujer, se desempeñaba nal interior de la guerrilla de las Farc como odontóloga, y realizaba tratamientos dentales a los insurgerntes de la columna móvil "Alfonso Castellanos".
Y añadió: "Fueron descubiertos en ese campamento 5 fusiles AK 47 y uno M16, una escopeta calibre 16 milímetros, 4.639 cartuchos de guerra, 29 proveedores para fusil, 28 granadas, una mira telescópica, 21 equipos hechizos, 200 detonadores inelectricos y 2 eléctricos, 210 estopines, 40 kilos de anfo, 62 kilos de pólvora, 210 metros de cordón detonante, 210 metros de mecha lenta y de cable dúplex, 5 artefactos explosivos, una batería de 12 voltios, un equipo odontológico portátil, un compresor, una planta eléctrica, una silla odontológica y prendas de uso privativo de la Fuerza Pública".
Al momento de la captura en el campamento, ella usaba botas de caucho y cargaba un fusil con sus respectivos proveedores, de uso privativo de las fuerzas armadas, razón por la que el fiscal de la Estructura de Apoyo (EDA) en Arauca le sindicó el delito de rebelión, contemplado en el artículo 467 del Código Penal.
La fiscalía pidió la medida de aseguramiento en establecimiento carcelario contra la imputada, considerando que era un peligro para la sociedad y quizá parte de la razón por la cual los habitantes de la zona viven en zozobra, según manifestó en sus argumentos.
El representante del Ministerio Público, avaló la petición de la fiscalía y agregó que el panorama para la mujer no es alentador, pues las circunstancias de tiempo, modo y lugar, agravan el delito del cual fue sindicada la mujer.
El defensor de Ávila García discrepó con las demás partes, alegando que la mujer no tenía antecedentes penales y faltaban pruebas para inferir que su prohijada participaba en actividades con grupos armados ilegales, además de la plena falta de identificación, pese a la labor de la fiscalía en conjunto con la Registraduría Nacional del Estado Civil para tal fin.
Aun así, el juez declaró legal la captura, por considerar que “se ajusta a la ley” y decretó que fuera recluida en el establecimiento penitenciario y carcelario de Arauca, donde debe espera todo el proceso judicial en el que se demostrará su culpabilidad o inocencia en los hechos, pues la mujer no aceptó el cargo de rebelión.
De ser hallada culpable, Ávila García tendría que purgar una pena de entre 6 a 9 años de prisión. Solo falta saber en qué fecha continuará su caso en los estrados judiciales.